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Instalación y Reparación de Antenas, Porteros Automáticos y Video-Porteros en Bilbao, Bizkaia, Alava, Burgos,Cantabria. Abanto-Zierbena Alonsotegi Arrankudiaga Arrigorriaga Artzentales Bakio Barakaldo Basauri Bedia Bermeo Berriz Bilbao Derio Durango Ea Elantxobe Elorrio Erandio Ermua Etxebarri Forua Galdakao Galdames Gamiz-Fika Gatika Gernika-Lumo Getxo Gordexola Gorliz Gueñes Ibarrangelu Igorre Ispaster Iurreta Karrantza Kortezubi Lanestosa Laukiz Leioa Lekeitio Lemoa Lezama Loiu Mallabia Markina- Xemein Mundaka Mungia Muskiz Muxika Ondarroa Orozko Ortuella Otxandio Plentzia Portugalete Santurtzi Sestao Sondika Sopelana Sopuerta Trapagaran Turtzioz Ugao Urduliz Urduña Balmaseda Zaldibar Zalla Zamudio Zaratamo Zeanuri Zeberio Zierbena Zornotza Amurrio Ayala Artziniega Llodio Laudio Okondo Zuya Villasana Valle de Mena Castro Urdiales Villaverde de Trucios Bizkaia Vizcaya Alava Burgos Cantabria Gipuzkoa
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Instalación y reparación de antenas en Bizkaia, con local comercial en Zalla y en Balmaseda. Instalador autorizado.
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¿Qué es el segundo dividendo digital?

Se conoce como Segundo Dividendo Digital al conjunto de frecuencias entre 694 y 790 MHz (banda 700 MHz) que hay que liberar (despejar o desocupar) antes del 30 de junio de 2020 para que éstas puedan ser utilizadas para el despliegue de servicios de 5G. Este proceso, que será similar al ya realizado durante finales de 2014 y principios de 2015 (denominado Primer Dividendo Digital), es un proceso armonizado que se va a realizar en toda la Unión Europea. La banda 700 MHz está en la actualidad principalmente ocupada por canales de televisión digital terrestre, que serán trasladados con este proceso a otra banda inferior del espectro.
. ¿Cómo afectará el Segundo Dividendo Digital a los ciudadanos? La liberación de la banda de 700 MHz implica que los canales de TDT que actualmente ocupan dicha banda deban desplazarse a otra parte del espectro radioeléctrico. Para los ciudadanos y ciudadanas, esto implicará algunas obligaciones para poder continuar disfrutando de la oferta completa de canales TDT: En primer lugar, el cambio de frecuencias de algunas emisiones TDT requerirá la adaptación de las infraestructuras de recepción colectiva en los edificios. Tal adaptación no será uniforme en toda España, pues dependerá del número de múltiples que emplean la banda de 700 MHz en cada zona del territorio español. Así, habrá algunas áreas geográficas donde no se producirán cambios de frecuencias en los múltiples digitales de ámbito nacional y autonómico, en particular: Asturias, Barcelona, A Coruña, Menorca, Melilla y una parte de las provincias de Toledo y Murcia. Tampoco todos los edificios de viviendas deberán hacer adaptaciones en sus equipos de recepción colectiva de televisión, quedando excluidos por ejemplos las viviendas unifamiliares y los edificios comunitarios de menor tamaño. En total, la Secretaría de Estado para el Avance Digital estima que este proceso afectará a aproximadamente 850.000 edificaciones y 21 millones de habitantes (menos población que el Primer Dividendo Digital). Por otra parte, aquellos edificios que sí deban realizar adaptaciones, éstas diferirán en función del tipo de la infraestructura previamente instalada. Independientemente del tipo de equipo de recepción de señal de los edificios, todos los ciudadanos deberán resintonizar sus televisores para poder disfrutar de la oferta completa de TDT, una vez que finalicen los simulcast. Cabe incidir en que la liberación del Segundo Dividendo Digital no implicará la aparición ni desaparición de canales de televisión (simplemente se desplazan de frecuencias), ni la obsolescencia de televisores ni descodificadores TDT (seguirán siendo válidos). En resumen, cada área geográfica: está afectada de diversa manera tendrá que cambiar un número diferente de canales o tan solo resintonizar sus televisores tendrá un plazo diferente para hacerlo a partir de una fecha concreta El Gobierno y el resto de los agentes implicados en este proceso informarán paulatinamente a la ciudadanía de cuándo tienen que adaptarse a esta nueva reordenación de frecuencias y de cuáles serán los pasos que tienen que realizar. Los detalles completos de qué municipios integran cada una de las demarcaciones o áreas geográficas en las que se ha estructurado la geografía nacional para este proceso pueden consultarse en el Boletín Oficial del Estado en el “Real Decreto 391/2019, de 21 de junio, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre y se regulan determinados aspectos para la liberación del segundo dividendo digital”.
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. ¿Cuándo habrá que hacer la adaptación? Cuanto antes, una vez comience el proceso en su zona geográfica. Con el fin de facilitar la transición y minimizar el impacto para la ciudadanía, durante un tiempo las cadenas de televisión emitirán simultáneamente a través de las frecuencias nueva y antigua (simulcast), antes de proceder al apagado de esta última. Todos los simulcast deberán haber concluido antes del 30 de junio de 2020. El Gobierno y el resto de los agentes implicados en este proceso informarán a la ciudadanía de cuándo tienen que adaptarse a esta nueva reordenación de frecuencias y de cuáles serán los pasos que tienen que realizar. Los detalles completos de qué municipios integran cada una de las demarcaciones o áreas geográficas en las que se ha estructurado la geografía nacional para este proceso pueden consultarse en el Boletín Oficial del Estado en el “Real Decreto 391/2019, de 21 de junio, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre y se regulan determinados aspectos para la liberación del segundo dividendo digital”.
. ¿Habrá ayudas para compensar el coste de estas adaptaciones? Sí, el Gobierno ha puesto en marcha un programa de ayudas para compensar los costes derivados de la adaptación de los edificios afectados por la liberación del Segundo Dividendo Digital. Estas ayudas serán gestionadas por la empresa pública RED.es, que depende de la Secretaría de Estado para el Avance Digital (Ministerio de Economía y Empresa). La liberación de la banda de 700 MHz va a requerir en muchos casos la adaptación de las instalaciones de recepción colectiva en los edificios, en aquellas zonas donde sea necesario desplazar a otras frecuencias algunos de los múltiples TDT. Estas adaptaciones suponen un coste para los ciudadanos por lo que, de manera similar a la liberación de la banda de 800 MHz, se prevé proporcionar subvenciones a las comunidades de vecinos afectadas. La cuantía de las subvenciones oscila entre 104,3 € y 677,95 €, dependiendo del tipo de infraestructura instalada previamente y, por tanto, del tipo de adaptación que deba realizar el instalador. Las comunidades de vecinos podrán solicitar dicha subvención siempre con posterioridad a la contratación del servicio. Aceptando distintas observaciones formuladas en el trámite de audiencia pública, así como en el informe del Consejo de Consumidores y Usuarios, se han actualizado las cuantías un 4,3% (IPC acumulado desde el 1 de enero de 2015 hasta enero de 2019) respecto de la base de cálculo utilizada con ocasión del Primer Dividendo Digital, quedando las cuantías fijadas, incluyendo impuestos indirectos: 1. Infraestructura de recepción de televisión que no requiere de la instalación de equipamiento adicional, independientemente del número de múltiples digitales: 104,3 €. 2. Infraestructura de recepción de televisión que requiere de la instalación de equipamiento adicional para un múltiple digital: 156,45 €. 3. Infraestructura de recepción de televisión que requiere de la instalación de equipamiento adicional para dos múltiples digitales: 260,75 €. 4. Infraestructura de recepción de televisión que requiere de la instalación de equipamiento adicional para tres múltiples digitales: 365,05 €. 5. Infraestructura de recepción de televisión que requiere de la instalación de equipamiento adicional para cuatro múltiples digitales: 469,35 €. 6. Infraestructura de recepción de televisión que requiere de la instalación de equipamiento adicional para cinco múltiples digitales: 573,65 €. 7. Infraestructura de recepción de televisión que requiere de la instalación de equipamiento adicional para seis múltiples digitales: 677,95 €.
. ¿Por qué se lleva a cabo el Segundo Dividendo Digital? Como en el caso de la liberación del Primer Dividendo Digital en el año 2015, el Gobierno español cumple un mandato de la Unión Europea, según se establece en la Decisión 2017/899 de 17 de mayo de 2017, sobre el uso de la banda de frecuencia de 470-790 MHz en la Unión. Dicha Decisión tiene como objetivo asegurar la disponibilidad de espectro radioeléctrico en toda Europa en la sub-banda de 700 MHz (694-790 MHz) antes del 30 de junio de 2020 para su uso en servicios de comunicaciones electrónicas inalámbricas. En España, como en otros países, esa banda se está utilizando actualmente para prestar servicios de TDT, por lo que es necesario liberarla previamente, planificando nuevas frecuencias en la parte de la banda que continuará siendo utilizada por la TDT (470 a 694 MHz). Una vez liberada la sub-banda de 700 MHz, ésta se podrá poner a disposición de los operadores de comunicaciones electrónicas para el despliegue de nuevos servicios como el 5G.
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. ¿Por qué se lleva a cabo el Segundo Dividendo Digital? Como en el caso de la liberación del Primer Dividendo Digital en el año 2015, el Gobierno español cumple un mandato de la Unión Europea, según se establece en la Decisión 2017/899 de 17 de mayo de 2017, sobre el uso de la banda de frecuencia de 470-790 MHz en la Unión. Dicha Decisión tiene como objetivo asegurar la disponibilidad de espectro radioeléctrico en toda Europa en la sub-banda de 700 MHz (694-790 MHz) antes del 30 de junio de 2020 para su uso en servicios de comunicaciones electrónicas inalámbricas. En España, como en otros países, esa banda se está utilizando actualmente para prestar servicios de TDT, por lo que es necesario liberarla previamente, planificando nuevas frecuencias en la parte de la banda que continuará siendo utilizada por la TDT (470 a 694 MHz). Una vez liberada la sub-banda de 700 MHz, ésta se podrá poner a disposición de los operadores de comunicaciones electrónicas para el despliegue de nuevos servicios como el 5G.
¿Qué es el segundo dividendo digital? Se conoce como Segundo Dividendo Digital al conjunto de frecuencias entre 694 y 790 MHz (banda 700 MHz) que hay que liberar (despejar o desocupar) antes del 30 de junio de 2020 para que éstas puedan ser utilizadas para el despliegue de servicios de 5G. Este proceso, que será similar al ya realizado durante finales de 2014 y principios de 2015 (denominado Primer Dividendo Digital), es un proceso armonizado que se va a realizar en toda la Unión Europea. La banda 700 MHz está en la actualidad principalmente ocupada por canales de televisión digital terrestre, que serán trasladados con este proceso a otra banda inferior del espectro.
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. ¿Por qué se lleva a cabo el Segundo Dividendo Digital? Como en el caso de la liberación del Primer Dividendo Digital en el año 2015, el Gobierno español cumple un mandato de la Unión Europea, según se establece en la Decisión 2017/899 de 17 de mayo de 2017, sobre el uso de la banda de frecuencia de 470-790 MHz en la Unión. Dicha Decisión tiene como objetivo asegurar la disponibilidad de espectro radioeléctrico en toda Europa en la sub-banda de 700 MHz (694-790 MHz) antes del 30 de junio de 2020 para su uso en servicios de comunicaciones electrónicas inalámbricas. En España, como en otros países, esa banda se está utilizando actualmente para prestar servicios de TDT, por lo que es necesario liberarla previamente, planificando nuevas frecuencias en la parte de la banda que continuará siendo utilizada por la TDT (470 a 694 MHz). Una vez liberada la sub- banda de 700 MHz, ésta se podrá poner a disposición de los operadores de comunicaciones electrónicas para el despliegue de nuevos servicios como el 5G.
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. ¿Cómo afectará el Segundo Dividendo Digital a los ciudadanos? La liberación de la banda de 700 MHz implica que los canales de TDT que actualmente ocupan dicha banda deban desplazarse a otra parte del espectro radioeléctrico. Para los ciudadanos y ciudadanas, esto implicará algunas obligaciones para poder continuar disfrutando de la oferta completa de canales TDT: En primer lugar, el cambio de frecuencias de algunas emisiones TDT requerirá la adaptación de las infraestructuras de recepción colectiva en los edificios. Tal adaptación no será uniforme en toda España, pues dependerá del número de múltiples que emplean la banda de 700 MHz en cada zona del territorio español. Así, habrá algunas áreas geográficas donde no se producirán cambios de frecuencias en los múltiples digitales de ámbito nacional y autonómico, en particular: Asturias, Barcelona, A Coruña, Menorca, Melilla y una parte de las provincias de Toledo y Murcia. Tampoco todos los edificios de viviendas deberán hacer adaptaciones en sus equipos de recepción colectiva de televisión, quedando excluidos por ejemplos las viviendas unifamiliares y los edificios comunitarios de menor tamaño. En total, la Secretaría de Estado para el Avance Digital estima que este proceso afectará a aproximadamente 850.000 edificaciones y 21 millones de habitantes (menos población que el Primer Dividendo Digital). Por otra parte, aquellos edificios que sí deban realizar adaptaciones, éstas diferirán en función del tipo de la infraestructura previamente instalada. Independientemente del tipo de equipo de recepción de señal de los edificios, todos los ciudadanos deberán resintonizar sus televisores para poder disfrutar de la oferta completa de TDT, una vez que finalicen los simulcast. Cabe incidir en que la liberación del Segundo Dividendo Digital no implicará la aparición ni desaparición de canales de televisión (simplemente se desplazan de frecuencias), ni la obsolescencia de televisores ni descodificadores TDT (seguirán siendo válidos). En resumen, cada área geográfica: está afectada de diversa manera tendrá que cambiar un número diferente de canales o tan solo resintonizar sus televisores tendrá un plazo diferente para hacerlo a partir de una fecha concreta El Gobierno y el resto de los agentes implicados en este proceso informarán paulatinamente a la ciudadanía de cuándo tienen que adaptarse a esta nueva reordenación de frecuencias y de cuáles serán los pasos que tienen que realizar. Los detalles completos de qué municipios integran cada una de las demarcaciones o áreas geográficas en las que se ha estructurado la geografía nacional para este proceso pueden consultarse en el Boletín Oficial del Estado en el “Real Decreto 391/2019, de 21 de junio, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre y se regulan determinados aspectos para la liberación del segundo dividendo digital”.
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. ¿Cuándo habrá que hacer la adaptación? Cuanto antes, una vez comience el proceso en su zona geográfica. Con el fin de facilitar la transición y minimizar el impacto para la ciudadanía, durante un tiempo las cadenas de televisión emitirán simultáneamente a través de las frecuencias nueva y antigua (simulcast), antes de proceder al apagado de esta última. Todos los simulcast deberán haber concluido antes del 30 de junio de 2020. El Gobierno y el resto de los agentes implicados en este proceso informarán a la ciudadanía de cuándo tienen que adaptarse a esta nueva reordenación de frecuencias y de cuáles serán los pasos que tienen que realizar. Los detalles completos de qué municipios integran cada una de las demarcaciones o áreas geográficas en las que se ha estructurado la geografía nacional para este proceso pueden consultarse en el Boletín Oficial del Estado en el “Real Decreto 391/2019, de 21 de junio, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre y se regulan determinados aspectos para la liberación del segundo dividendo digital”.
. ¿Habrá ayudas para compensar el coste de estas adaptaciones? Sí, el Gobierno ha puesto en marcha un programa de ayudas para compensar los costes derivados de la adaptación de los edificios afectados por la liberación del Segundo Dividendo Digital. Estas ayudas serán gestionadas por la empresa pública RED.es, que depende de la Secretaría de Estado para el Avance Digital (Ministerio de Economía y Empresa). La liberación de la banda de 700 MHz va a requerir en muchos casos la adaptación de las instalaciones de recepción colectiva en los edificios, en aquellas zonas donde sea necesario desplazar a otras frecuencias algunos de los múltiples TDT. Estas adaptaciones suponen un coste para los ciudadanos por lo que, de manera similar a la liberación de la banda de 800 MHz, se prevé proporcionar subvenciones a las comunidades de vecinos afectadas. La cuantía de las subvenciones oscila entre 104,3 € y 677,95 €, dependiendo del tipo de infraestructura instalada previamente y, por tanto, del tipo de adaptación que deba realizar el instalador. Las comunidades de vecinos podrán solicitar dicha subvención siempre con posterioridad a la contratación del servicio. Aceptando distintas observaciones formuladas en el trámite de audiencia pública, así como en el informe del Consejo de Consumidores y Usuarios, se han actualizado las cuantías un 4,3% (IPC acumulado desde el 1 de enero de 2015 hasta enero de 2019) respecto de la base de cálculo utilizada con ocasión del Primer Dividendo Digital, quedando las cuantías fijadas, incluyendo impuestos indirectos: 1. Infraestructura de recepción de televisión que no requiere de la instalación de equipamiento adicional, independientemente del número de múltiples digitales: 104,3 €. 2. Infraestructura de recepción de televisión que requiere de la instalación de equipamiento adicional para un múltiple digital: 156,45 €. 3. Infraestructura de recepción de televisión que requiere de la instalación de equipamiento adicional para dos múltiples digitales: 260,75 €. 4. Infraestructura de recepción de televisión que requiere de la instalación de equipamiento adicional para tres múltiples digitales: 365,05 €. 5. Infraestructura de recepción de televisión que requiere de la instalación de equipamiento adicional para cuatro múltiples digitales: 469,35 €. 6. Infraestructura de recepción de televisión que requiere de la instalación de equipamiento adicional para cinco múltiples digitales: 573,65 €. 7. Infraestructura de recepción de televisión que requiere de la instalación de equipamiento adicional para seis múltiples digitales: 677,95 €.
. ¿Cómo afectará el Segundo Dividendo Digital a los ciudadanos? La liberación de la banda de 700 MHz implica que los canales de TDT que actualmente ocupan dicha banda deban desplazarse a otra parte del espectro radioeléctrico. Para los ciudadanos y ciudadanas, esto implicará algunas obligaciones para poder continuar disfrutando de la oferta completa de canales TDT: En primer lugar, el cambio de frecuencias de algunas emisiones TDT requerirá la adaptación de las infraestructuras de recepción colectiva en los edificios. Tal adaptación no será uniforme en toda España, pues dependerá del número de múltiples que emplean la banda de 700 MHz en cada zona del territorio español. Así, habrá algunas áreas geográficas donde no se producirán cambios de frecuencias en los múltiples digitales de ámbito nacional y autonómico, en particular: Asturias, Barcelona, A Coruña, Menorca, Melilla y una parte de las provincias de Toledo y Murcia. Tampoco todos los edificios de viviendas deberán hacer adaptaciones en sus equipos de recepción colectiva de televisión, quedando excluidos por ejemplos las viviendas unifamiliares y los edificios comunitarios de menor tamaño. En total, la Secretaría de Estado para el Avance Digital estima que este proceso afectará a aproximadamente 850.000 edificaciones y 21 millones de habitantes (menos población que el Primer Dividendo Digital). Por otra parte, aquellos edificios que sí deban realizar adaptaciones, éstas diferirán en función del tipo de la infraestructura previamente instalada. Independientemente del tipo de equipo de recepción de señal de los edificios, todos los ciudadanos deberán resintonizar sus televisores para poder disfrutar de la oferta completa de TDT, una vez que finalicen los simulcast. Cabe incidir en que la liberación del Segundo Dividendo Digital no implicará la aparición ni desaparición de canales de televisión (simplemente se desplazan de frecuencias), ni la obsolescencia de televisores ni descodificadores TDT (seguirán siendo válidos). En resumen, cada área geográfica: está afectada de diversa manera tendrá que cambiar un número diferente de canales o tan solo resintonizar sus televisores tendrá un plazo diferente para hacerlo a partir de una fecha concreta El Gobierno y el resto de los agentes implicados en este proceso informarán paulatinamente a la ciudadanía de cuándo tienen que adaptarse a esta nueva reordenación de frecuencias y de cuáles serán los pasos que tienen que realizar. Los detalles completos de qué municipios integran cada una de las demarcaciones o áreas geográficas en las que se ha estructurado la geografía nacional para este proceso pueden consultarse en el Boletín Oficial del Estado en el “Real Decreto 391/2019, de 21 de junio, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre y se regulan determinados aspectos para la liberación del segundo dividendo digital”.
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¿Qué es el segundo dividendo digital? Se conoce como Segundo Dividendo Digital al conjunto de frecuencias entre 694 y 790 MHz (banda 700 MHz) que hay que liberar (despejar o desocupar) antes del 30 de junio de 2020 para que éstas puedan ser utilizadas para el despliegue de servicios de 5G. Este proceso, que será similar al ya realizado durante finales de 2014 y principios de 2015 (denominado Primer Dividendo Digital), es un proceso armonizado que se va a realizar en toda la Unión Europea. La banda 700 MHz está en la actualidad principalmente ocupada por canales de televisión digital terrestre, que serán trasladados con este proceso a otra banda inferior del espectro.
. ¿Por qué se lleva a cabo el Segundo Dividendo Digital? Como en el caso de la liberación del Primer Dividendo Digital en el año 2015, el Gobierno español cumple un mandato de la Unión Europea, según se establece en la Decisión 2017/899 de 17 de mayo de 2017, sobre el uso de la banda de frecuencia de 470-790 MHz en la Unión. Dicha Decisión tiene como objetivo asegurar la disponibilidad de espectro radioeléctrico en toda Europa en la sub-banda de 700 MHz (694-790 MHz) antes del 30 de junio de 2020 para su uso en servicios de comunicaciones electrónicas inalámbricas. En España, como en otros países, esa banda se está utilizando actualmente para prestar servicios de TDT, por lo que es necesario liberarla previamente, planificando nuevas frecuencias en la parte de la banda que continuará siendo utilizada por la TDT (470 a 694 MHz). Una vez liberada la sub-banda de 700 MHz, ésta se podrá poner a disposición de los operadores de comunicaciones electrónicas para el despliegue de nuevos servicios como el 5G.
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. ¿Cuándo habrá que hacer la adaptación? Cuanto antes, una vez comience el proceso en su zona geográfica. Con el fin de facilitar la transición y minimizar el impacto para la ciudadanía, durante un tiempo las cadenas de televisión emitirán simultáneamente a través de las frecuencias nueva y antigua (simulcast), antes de proceder al apagado de esta última. Todos los simulcast deberán haber concluido antes del 30 de junio de 2020. El Gobierno y el resto de los agentes implicados en este proceso informarán a la ciudadanía de cuándo tienen que adaptarse a esta nueva reordenación de frecuencias y de cuáles serán los pasos que tienen que realizar. Los detalles completos de qué municipios integran cada una de las demarcaciones o áreas geográficas en las que se ha estructurado la geografía nacional para este proceso pueden consultarse en el Boletín Oficial del Estado en el “Real Decreto 391/2019, de 21 de junio, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre y se regulan determinados aspectos para la liberación del segundo dividendo digital”.
. ¿Habrá ayudas para compensar el coste de estas adaptaciones? Sí, el Gobierno ha puesto en marcha un programa de ayudas para compensar los costes derivados de la adaptación de los edificios afectados por la liberación del Segundo Dividendo Digital. Estas ayudas serán gestionadas por la empresa pública RED.es, que depende de la Secretaría de Estado para el Avance Digital (Ministerio de Economía y Empresa). La liberación de la banda de 700 MHz va a requerir en muchos casos la adaptación de las instalaciones de recepción colectiva en los edificios, en aquellas zonas donde sea necesario desplazar a otras frecuencias algunos de los múltiples TDT. Estas adaptaciones suponen un coste para los ciudadanos por lo que, de manera similar a la liberación de la banda de 800 MHz, se prevé proporcionar subvenciones a las comunidades de vecinos afectadas. La cuantía de las subvenciones oscila entre 104,3 € y 677,95 €, dependiendo del tipo de infraestructura instalada previamente y, por tanto, del tipo de adaptación que deba realizar el instalador. Las comunidades de vecinos podrán solicitar dicha subvención siempre con posterioridad a la contratación del servicio. Aceptando distintas observaciones formuladas en el trámite de audiencia pública, así como en el informe del Consejo de Consumidores y Usuarios, se han actualizado las cuantías un 4,3% (IPC acumulado desde el 1 de enero de 2015 hasta enero de 2019) respecto de la base de cálculo utilizada con ocasión del Primer Dividendo Digital, quedando las cuantías fijadas, incluyendo impuestos indirectos: 1. Infraestructura de recepción de televisión que no requiere de la instalación de equipamiento adicional, independientemente del número de múltiples digitales: 104,3 €. 2. Infraestructura de recepción de televisión que requiere de la instalación de equipamiento adicional para un múltiple digital: 156,45 €. 3. Infraestructura de recepción de televisión que requiere de la instalación de equipamiento adicional para dos múltiples digitales: 260,75 €. 4. Infraestructura de recepción de televisión que requiere de la instalación de equipamiento adicional para tres múltiples digitales: 365,05 €. 5. Infraestructura de recepción de televisión que requiere de la instalación de equipamiento adicional para cuatro múltiples digitales: 469,35 €. 6. Infraestructura de recepción de televisión que requiere de la instalación de equipamiento adicional para cinco múltiples digitales: 573,65 €. 7. Infraestructura de recepción de televisión que requiere de la instalación de equipamiento adicional para seis múltiples digitales: 677,95 €.
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